Autónomos Octubre 2025. Nuevos valores a partir del 15-10-2025

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ARCA publicó la tabla actualizada de los aportes mensuales para los trabajadores autónomos, que entrará en vigencia a partir del 15 de octubre de 2025. El aumento responde al índice de movilidad previsional (aproximadamente 1,88 %) y afecta a todas las categorías mínimas de revista.
Grupos de actividadesIngresos brutos obtenidos en el último año TablasCategoríasImporte mensualCategoríasImporte mensual
Dirección, administración o conducción de sociedades comerciales o civiles, regulares o irregulares, y socios de sociedades de cualquier tipoMayores a $ 30.000IV$ 257.887,31V’ (V prima)$ 282.064,25
Mayores a $ 15.000 y menores o iguales a $ 30.000IV$ 187.555,15IV’ (IV prima)$ 205.138,45
Menores o iguales a $ 15.000III$ 117.222,02III’ (III prima)$ 128.211,59
Actividades no incluidas en el punto anterior que constituyan locaciones o prestaciones de serviciosMayores a $ 20.000IIII$ 82.054,87II’ (II prima)$ 89.747,52
Menores o iguales a $ 20.000I$ 58.611,52I’ (I prima)$ 64.106,35
Resto de las actividades no comprendidas en los puntos anterioresMayores a $ 25.000IIIII$ 82.054,87II’ (II prima)$ 89.747,52
Menores o iguales a $ 25.000I$ 58.611,52I’ (I prima)$ 64.106,35
Afiliaciones voluntariasSin limitaciónIVI$ 58.611,52
Menores de 18 años hasta 21 añosSin limitación$ 58.611,52
Jubilados por la L. 24241Sin limitación$ 49.453,47
Amas de Casa L. 24828Sin limitación$ 20.147,71

Qué significa para los autónomos?

  • Quienes facturen como autónomos y estén inscriptos bajo alguna de estas categorías deben tener presente que los nuevos valores se aplican a los aportes del período que se devenga en octubre 2025 (es decir, aquellos vencimientos que operen en los próximos meses).
  • El ajuste se realiza en función de la variación del índice de movilidad previsional, lo que implica que los montos se actualizarán con mayor frecuencia, acorde al mecanismo vigente.
  • Es importante que cada autónomo revise cuál es su categoría, ya que el monto depende de la actividad que desarrolla y de los ingresos brutos obtenidos en el año anterior.

¿Qué hacer a continuación?

  • Verificar en el portal de Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) o consultar con un contador para confirmar la categoría que aplica para su actividad.
  • Programar el pago del aporte actualizado para evitar recargos por mora o intereses adicionales.
  • Tener en cuenta estos nuevos valores para la planificación financiera del negocio, dado que representan un incremento respecto de los montos previos.

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