El plan ofrece condonaciones de intereses de hasta el 100% y alcanza a personas físicas y jurídicas con obligaciones vencidas al 31 de agosto de 2025
Los contribuyentes podrán adherirse entre el 3 de noviembre de 2025 y el 31 de enero de 2026 a través del sitio oficial de AGIP
La Administración Gubernamental de Ingresos Públicos (AGIP) pondrá en vigencia, a partir del 3 de noviembre de 2025, un nuevo régimen de regularización de obligaciones tributarias vencidas al 31 de agosto de 2025.
El programa, establecido por la Ley N.º 6.842 y reglamentado por la Resolución N.º 461/AGIP/2025, permitirá cancelar deudas en hasta 48 cuotas y acceder a condonaciones de intereses de hasta el 100%, según modalidad y fecha de adhesión.
El período de adhesión se extenderá hasta el 31 de enero de 2026.
Objetivo y alcance del régimen
El régimen tiene como finalidad facilitar el cumplimiento tributario y la normalización de deudas de contribuyentes de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, por gravámenes cuya aplicación, percepción y fiscalización están a cargo de AGIP, tanto en instancia administrativa como judicial.
Podrán adherirse personas humanas y jurídicas.
Exclusiones
No podrán acogerse al régimen:
- Agentes de recaudación.
- Personas declaradas en quiebra sin continuidad de explotación.
- Contribuyentes condenados por delitos de la Ley 24.769 (Régimen Penal Tributario) o contra la Administración Pública.
- Deudas incluidas en planes vigentes con condonación o reducción de intereses o multas.
Vigencia y plazos de adhesión
- Inicio: 3 de noviembre de 2025.
- Cierre: 31 de enero de 2026.
Las adhesiones dentro de los primeros 30 días accederán a las mayores quitas de intereses.
Beneficios y condiciones financieras
Modalidades de cancelación
Pago al contado
Condonación total o parcial de intereses según fecha de adhesión (hasta 100% en los primeros 30 días).
Plan de cuotas
Hasta 48 cuotas con condonaciones de hasta 70% para adhesiones dentro de los primeros 30 días; las quitas disminuyen progresivamente para adhesiones posteriores.
Tasas y monto mínimo
- Tasa de financiación: 2% mensual (contribuyentes comunes) y 3% mensual (Grandes Contribuyentes).
- Cuota mínima: $5.000 (incluye intereses).
Cuadro de referencia
| Modalidad | Plazo de adhesión | Condonación No GC | Condonación GC |
|---|---|---|---|
| Pago al contado | Primeros 30 días | 100% | 70% |
| Plan de cuotas | Primeros 30 días | 70% | 60% |
Procedimiento de adhesión
La adhesión se realiza en línea a través del sitio oficial www.agip.gob.ar, mediante un aplicativo disponible desde el inicio del régimen.
Pasos:
- Ingresar con Clave miBA Nivel 3.
- Verificar, modificar o incorporar las obligaciones adeudadas.
- Si se elige plan de cuotas, informar la CBU para débito de las cuotas.
- Adherirse al Domicilio Fiscal Electrónico (DFE) y a la boleta electrónica.
Efectos procesales y penales
La adhesión válida produce la suspensión de plazos procesales y de acciones penales vinculadas a los conceptos incluidos, mientras el plan esté vigente y al día.
También prevé la condonación de sanciones formales y materiales sin sentencia firme, sujeta al cumplimiento de los requisitos establecidos.
Caducidad y efectos
El plan caduca, entre otros supuestos, por falta de pago de dos cuotas (consecutivas o alternadas) a los 60 días de la mora de la segunda, o por falta de ingreso en término de la primera cuota o pago al contado.
La caducidad implica la pérdida de beneficios, el restablecimiento de intereses y sanciones, y la reanudación de acciones judiciales o penales.
Reformulación y cancelación anticipada
Se permite la reformulación de planes vigentes (con excepciones legales), consolidando saldos bajo las condiciones del nuevo régimen.
También es posible la cancelación anticipada luego de la primera cuota, con cálculo del saldo e intereses en el aplicativo.
Fechas clave
| Concepto | Fecha |
|---|---|
| Inicio del régimen | 3 de noviembre de 2025 |
| Fin del plazo de adhesión | 31 de enero de 2026 |
| Vencimiento de primera cuota | 10 de diciembre de 2025 |
| Último vencimiento estimado (48) | Enero de 2030 |
Marco normativo
- Ley N.º 6.842 (BOCBA N.º 7210).
- Resolución N.º 461/AGIP/2025 (15 de octubre de 2025): condiciones de adhesión, tasas, caducidad, procedimientos y efectos.